Lamentamos informarles, que el impuesto sobre gases fluorados se duplicará en 2015
4 de diciembre de 2014

Nos llega información de ultima hora indicandonos, que la carga impositiva del aire acondicionado de nuestros vehículos pasará a ser de 17,16 euros/Kg.

Las cargas de aire acondicionado serán más caras para el consumidor a partir del 1 de enero de 2015. Es entonces cuando se duplicará la carga impositiva sobre el gas 134a, que pasará a ser de 17,16 euros/Kg., según recuerda la patronal Conepa.

Será en 2016 cuando finalizará el régimen transitorio recogido por la norma que regula el impuesto, que contempla importantes reducciones durante los dos primeros años. Entonces ascenderá a 26 euros/Kg.

Conepa recuerda que los talleres se consideran consumidores finales del producto y han de pagar el impuesto cuando compran este gas para cargar sistemas de aire acondicionado, que es repercutibles al cliente final en la factura. Si parte del gas comprado por el taller se destina a la reventa, las obligaciones legales se ven ampliadas.

La patronal rechaza esta carga impositiva porque afecta a la economía del sector de la reparación, ya sometido a múltiples normativas, además de considerar que no es coherente con la ley de residuos y suelos contaminados, que promueve la responsabilidad ampliada del productor.

También recuerda que son inexistentes la emisiones de gases fluorados gracias a las nuevas tecnologías y a la cualificación exigida a los técnicos que efectúan las operaciones sobre sistemas de aire acondicionado. Por ello, uno de los objetivos del impuesto, que es la mejora ambiental, no se cumpliría, para convertirse así en una simple carga económica adicional.

Talleres piden definir mejor el impuesto de gases fluorados Conepa presenta observaciones al anteproyecto de ley que modificará la norma que rige el tributo.

Mejor definición de los conceptos de “contribuyente” o “primera venta o entrega”. Estas son algunas de las cuestiones que la patronal de talleres Conepa ha planteado sobre el anteproyecto de ley por el que se modifica la Ley 16/2013, que estableció el impuesto sobre el gas fluorado 134a, de uso frecuente en los equipos de climatización de vehículos.

En sus observaciones al anteproyecto, Conepa ha pedido también que únicamente sea necesario que el equipo empleado para manipular los gases fluorados cumpla la normativa vigente y sea manejado por personal cualificado, sin necesidad de realizar controles periódicos por pérdidas de gases derivadas de las imprecisiones de los equipos de medición. Esto evitaría un gasto adicional a los talleres.

La patronal también considera que se deben indicar de manera explícita las obligaciones de repercusión de los consumidores finales para evitar interpretaciones erróneas.

Asimismo, Conepa ha aprovechado su comunicación para reiterar la dudosa eficacia que, a su juicio, tendrá este tributo sobre la protección y defensa del medio ambiente y su carácter de mera carga impositiva.

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