Las aseguradoras tienen que asumir el IVA en las reparaciones de los coches de empresa (II)
22 de septiembre de 2015

Trascendente sentencia judicial


Según estimaciones de la organización de defensa del automovilista afectado, AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA), las aseguradoras españolas se podrían estar ahorrando unos 240 millones de euros, al aplicar en la práctica una franquicia no pactada del 21% a los coches de empresa.

(AEAPress.15 sep.) Una reciente sentencia del juzgado de Primera Instancia nº 4 de Madrid ha estimado íntegramente la demanda promovida por los servicios jurídicos de AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA), en defensa de unos de sus Socios y ha condenado a la entidad Mutua Madrileña Automovilista al pago de 10.911,25 €, más las costas judiciales, correspondientes a la reparación de unos daños sufridos en un vehículo de empresa así como al pago del alquiler de un vehículo de sustitución. La sentencia es firme al no haber sido apelada.


La aseguradora no quería pagar el IVA


El motivo de la demanda era la reclamación de unos daños causados por una conductora a un coche propiedad de una empresa dedicada al transporte de mercancías, así como una factura por el alquiler de un coche de sustitución.

Inicialmente, la aseguradora de la conductora causante de los daños rechazó la reclamación efectuada en vía amistosa, pero una vez interpuesta la demanda ante el juzgado aceptó pagar las facturas (9.017,56€), sin incluir el importe correspondiente al 21% de IVA, con el argumento de que “cómo se trataba de una sociedad mercantil podía deducirse dicho impuesto”.

Sin embargo, el fallo judicial ha estimado íntegramente la demanda promovida por los servicios jurídicos de AEA y ha condenado a la entidad Mutua Madrileña Automovilista, no sólo al pago de la cantidad que pretendía excluir (1.893,69 €) sino también al pago de intereses por morosidad y las costas procesales.


Cuestión controvertida


Tal y como se recoge en el fundamento de derecho primero de la sentencia la cuestión del pago del IVA en la reparación de coches de empresa es una cuestión controvertida tanto en la doctrina como en la jurisprudencia, ya que existen sentencias que han declarado que “En cuanto al IVA no debe condenarse a su pago a la aseguradora porque el demandante, como profesional, puede repercutirlo, como IVA abonado respecto al IVA repercutido”.

Sin embargo, existe otra postura judicial que considera que dicho concepto “ha de ser objeto de indemnización, ya que el mismo forma parte, en su conjunto, del total de la factura abonada por la demandante para la reparación del vehículo, y no es función de este Tribunal realizar un prejuicio sobre la posible deducción final de esa cantidad por la entidad propietaria del vehículo”.


El juzgado admite íntegramente los argumentos de AEA


En este caso, el juzgado apoyándose en la doctrina del Tribunal Supremo citada por los letrados de AEA considera que el hecho de la deducción o no del IVA efectivamente abonado en las facturas “será, en su caso, una responsabilidad en la que habrá incurrido la entidad demandante frente a la Agencia Tributaria pero lo que resulta evidente y no es un hecho cuestionado de contrario es que se ha satisfecho el importe total de la factura, con el IVA incluido, más allá del cumplimiento fiel de sus obligaciones tributarias, que desde luego, no corresponde enjuiciar a este órgano judicial”.

“Por lo anteriormente expuesto -concluye la sentencia-, procede la íntegra estimación de la demanda presentada, con la condena de las demandadas al pago de la cantidad reclamada en concepto de IVA”.


Importante precedente judicial


Para elpresidente de AEA, Mario Arnaldo, “esta sentencia supone un importante precedente judicial en la protección de los derechos de los asegurados y perjudicados, en este caso propietarios de coches de empresa, frente a la práctica generalizada de las aseguradoras de excluir de las indemnizaciones el importe del IVA soportado”.


En la práctica, las aseguradoras aplican una franquicia del 21% del siniestro


“En el caso de los seguros a todo riesgo -continúa Arnaldo- este hecho supone en la práctica para las aseguradoras aplicar una franquicia del 21%, pero sin rebajar el precio que tienen los seguros con franquicia a un importante numero de empresas, las cuales siguen pagando el mismo precio“.


La mitad de los coches que se matriculan en España son de empresa


Según estimaciones de AEA, en España, en los últimos años, casi la mitad de los coches que se matriculan lo son a nombre de personas jurídicas. Teniendo en cuenta que el número de vehículos asegurados a todo riesgo se sitúa en torno a los 7.700.000; que la frecuencia siniestral de este tipo de vehículos es del 35% (65% si se trata de vehíc

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